La irrupción del canal online como forma de presentar, divulgar y vender productos y servicios, representa una vía de conexión moderna, ágil y más económica con los potenciales consumidores y clientes.
Por ello, cada vez más empresas y particulares recurren a la creación de tiendas online para complementar sus canales clásicos de distribución o incluso como forma de negocio exclusiva y unitaria, en sus diferentes variantes.
Como toda oportunidad de negocio, la aparición de portales en internet conlleva el riesgo de usurpación o aprovechamiento indebido por parte de terceros.
1. La marca como medio de preservar el principal valor de las tiendas online
Esta circunstancia se maximiza cuando en un negocio intangible como es el comercio electrónico que plantean las tiendas online, el principal activo es: LA MARCA, es decir, al menos, el nombre de la tienda y los distintivos gráficos que la identifican.
Prueba de ello es el hecho de que, si observamos las estadísticas de visitantes a nuestra web, nos encontraremos con que una parte significativa del tráfico que llega a nuestra espacio a través de buscadores está relacionada con la búsqueda del nombre de la marca o empresa. De hecho, este tipo de visitantes suelen ser los que aportan mayores tasas de conversión.
A continuación, un ejemplo de la página de Protectia, que aunque no es una tienda on-line, sigue el mismo patrón:
La preservación de mis signos distintivos es crucial a la hora de acceder al mercado en la red, porque en realidad es lo único que se presenta a los usuarios, máxime cuando el comercio electrónico plantea dinámicas y conductas de compra mucho más rápidas que la adquisición presencial, por lo que el ofertante no dispone casi de tiempo para presentar sus capacidades y bondades de sus productos y servicios.
2. Vía recomendada. Por dónde empezar
A estos efectos y dado que la protección de las marcas es territorial, se plantea la disyuntiva de dónde proteger la(s) marca(s).
Es una realidad que el mercado online origina oportunidades de venta global, que por las circunstancias actuales del mercado en España, resulta imposible obviar. Es por ello que la protección nacional de los distintivos de las tiendas virtuales, se revela rápidamente como insuficiente, por lo que nuestro consejo es recurrir a la protección que dispensa la marca comunitaria, actualmente el mercado más importante para las exportaciones españolas.
La marca comunitaria, es un registro muy ajustado a las necesidades de los titulares de tiendas online porque protege en bloque los 28 países pertenecientes en la actualidad a la Unión Europea, y que por un reducido coste permite registrar tres clases del Nomenclator Internacional con una sola tasa.
Esta es una buena base sobre la que ir expandiendo la protección de marca junto con la evolución del negocio en la Red.
3. Cómo y cuándo registrar la marca comunitaria de mi tienda online.
Visto que la estrategia de protección en la UE, es en principio de forma general la más acertada, el titular debe decidir cuándo afrontar la misma.
Desde este punto de vista, es necesario practicar un rastreo de anterioridades que puedan resultar un obstáculo a la salida del negocio a Internet.
Hay que tener en cuenta que diseñar una plataforma de venta basada en un dominio (nombre) y/o imagen sin pararse a observar si la denominación elegida es propiedad de un tercero, puede traer graves consecuencias legales y en el caso menos gravoso obligar a cambiar todo el planteamiento.
Por eso como medida preventiva, debe analizarse los derechos antecedentes de terceros ANTES DE SIQUIERA diseñar el espacio de la tienda virtual.
Si se dispone de un portal ya creado, debe solicitarse el registro cuanto antes, esperando que el trámite administrativo redunde en una concesión del signo distintivo que se viene utilizando en el mercado.
Respecto a cómo registrar, el organismo encargado de la gestión y resolución de los expedientes de marcas comunitarias es la Organización del Mercado Interior (OAMI).
A la hora de elegir las clases de protección al menos RESULTA ESENCIAL escoger el epígrafe 35:
Clase 35: Venta a través de redes mundiales de informática.
Siendo aconsejable completar esta especificación con otras clases que resulten del interés del propietario del espacio online.
La inversión en la adquisición del activo marcario, no puede verse nunca como un gasto, por las siguientes razones:
– Se obtiene la propiedad de un bien esencial de las tiendas on-line: su signo distintivo.
– Esto significa que con el registro el titular de la marca se reserva en monopolio las facultades de exhibición, fabricación, comercialización, explotación, mantenimiento, revisión, cesión y cualquier otra capacidad que el Ordenamiento Jurídico atribuya al Derecho de Propiedad en su más amplio sentido.
– Alcanza la protección de su seña de identidad frente a terceros, impidiendo usos inconsentidos en el mercado virtual pero, atención, también frente a la competencia en las vías de comercio tradicional.
– Duración de 10 años, renovables indefinidamente por idénticos períodos temporales.
– La marca comunitaria crece junto con la propia Unión Europea por el principio de aquí comunitaire.
– Y sobre todo es un activo que AUMENTA DE VALOR, no se amortiza, porque se potencia exponencialmente junto con el desarrollo del prestigio de mi negocio.
Por el contrario supone el desembolso de una tasa 900,00 € (tres clases del nomenclátor internacional) a lo que hay que añadir los honorarios profesionales del despacho tutor del expediente que fluctúan entre los 700,00 y 1.200 €.
Con estos datos, prorrateando el coste del registro por el número de estados en los que se adquiere la propiedad y los años durante los que está vigente la marca, proporciona un resultado de unos 7,00 € por país/ año, a cambio de todas las rentabilidades expuestas.
Para una buena selección del entorno geográfico de protección, la valoración de antecedentes, la decisión del momento adecuado de solicitud y la elección de clases, lo mejor es recurrir a una Agencia Oficial de la Propiedad Industrial.
Estos profesionales acompañarán al titular en el trámite del registro, asesorando sobre las alternativas más operativas de protección, optimizando la inversión de recursos en este proceso. Desarrollando igualmente la importante labor de la vigilancia y gestión de parecidos con respecta otros terceros que posteriormente puedan infringir los derechos adquiridos.
Esta imagen representa una buena selección de la protección de una tienda virtual
4. Conclusión:
La marca comunitaria supone la herramienta registral de protección más útil para proteger las tiendas online, antes de salir al mercado y durante su operatividad en la Red.